Durante el segundo panel la Dra. Rojano nos presentó una verdadera cátedra sobre los elementos que deben de integrar la prueba presentada en juicio en caso de un litigio que tenga como base un contrato electrónico. Nos platicó que, al momento de valorar las pruebas, es necesario analizar todos los elementos presentados por las partes que le otorguen mayor certeza a la prueba. Los jueces deben de tomar en consideración documentos adicionales al contrato como estados de cuenta, comprobantes de depósito o transferencias bancarias y/o el expediente de los acreditados en caso de un litigio por falta de pago de un crédito.
Por su lado, el Dr. González de Cosío nos deleitó con una plática sobre el desarrollo en la resolución de controversias arbitrales en línea, los requisitos para reconocer la validez de un acuerdo de arbitraje con firma electrónica, y la viabilidad sobre el uso de firma electrónica para la emisión de laudos. Este segundo panel concluyó que los jueces están obligados a aceptar un contrato electrónico como elemento de prueba si cumple con todos los requisitos de la normatividad vigente y que la firma electrónica también puede utilizarse en arbitraje.
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